Comunidades colombianas se declaran en ruptura con el actual sistema judicial colombiano
CONVOCATORIA
La Red de Comunidades en Ruptura y Resistencia, RECORRE, les invita a participar en el acto de presentacià³n de los hechos y motivaciones que nos ha llevado a asumir una clara posicià³n frente a los actuales procesos de judicializacià³n que están en marcha y en general frente al sistema de justicia colombiano.
La Red se ha conformado ante la imperante necesidad de trabajar en la construccià³n de caminos y mecanismos distintos a los que hasta hora hemos venido utilizando, dado que estos no han protegido nuestros derechos y nuestra dignidad, para ello nos acogemos al derecho constitucional, (artàculo 18: “nadie puede ser obligado a actuar contra su conciencia”) que constituye además un derecho humano universal, para declararnos EN RUPTURA CON EL ACTUAL SISTEMA JUDICIAL.
Vemos como a lo largo y ancho del paàs las fuerzas armadas y no pocos funcionarios judiciales han venido anunciando numerosas judicializaciones que amenazan la libertad de las organizaciones càvicas, sociales, campesinas, indàgenas, sindicales, humanitarias y polàticas que propenden por otra manera de organizar la sociedad dentro del respeto por parámetros elementales de justicia social. Quienes hacemos parte de RECORRE estamos construyendo un camino y tomando decisiones, entre las cuales hemos considerado, negaremos a colaborar con el actual sistema de justicia.
Con el fin de compartir estas reflexiones y las decisiones tomadas, les invitamos a participar en el acto “por la dignidad de las comunidades en ruptura y resistencia”, que se llevará a cabo el dàa…….. hora…….
en …….(direccià³n)
El programa a desarrollar será el siguiente:
1. Introduccià³n cultural al proceso de Ruptura y Resistencia (cancià³n interpretada por una mujer miembro de una de las comunidades de la Red).
2. La situacià³n actual de la Justicia en Colombia (Senador Carlos Gaviria)
3. Presentacià³n de la Red de Comunidades en Ruptura y Resistencia, RECORRE)
4. Presentacià³n de dos testimonios en nombre de las comunidades que inician el proceso de Ruptura.
5. Lectura de la Declaracià³n Pública de Ruptura.
DECLARATORIA
Desde hace muchos meses los colombianos nos hemos venido estremeciendo, cada vez con mayor frecuencia, ante las decisiones del poder judicial, y especialmente de la Fiscalàa.
Se anuncian constantemente detenciones masivas o individuales que afectan a un amplàsimo espectro de profesiones, organizaciones y sectores sociales: alcaldes, concejales, dirigentes polàticos, sindicalistas, pobladores de barrios marginados, obispos, sacerdotes, mà©dicos, artesanos, intelectuales, tà©cnicos, estudiantes, militantes de una amplia gama de partidos o facciones polàticas legales, asà como dirigentes, militantes y colaboradores de organizaciones y comunidades agrarias, de comunidades que reivindican el derecho a no ser involucradas en el conflicto armado, de organizaciones defensoras de derechos humanos y promotoras de proyectos sociales. Llama la atencià³n que se les acusa siempre de “rebelià³n”, “terrorismo” o “concierto para delinquir”; que ordinariamente las acusaciones sean elaboradas y las capturas efectuadas por agentes de la rama ejecutiva del poder público, como los miembros de la fuerza pública, y que las “pruebas” se basen en “testimonios” vulnerables a todo tipo de manipulaciones, presiones, recompensas y sobornos, o en “informes de inteligencia” que ni siquiera tienen el respaldo de un responsable, sino que alegan fundarse en llamadas telefà³nicas o escritos anà³nimos que nadie puede comprobar jamás si siquiera existieron.
La “justicia” ha llegado asà a un máximo nivel de degradacià³n y envilecimiento. Aunque desde hace muchas dà©cadas ha sido objeto de escándalo para la comunidad internacional el nivel de impunidad e ineficiencia con que la justicia colombiana actúa frente a los cràmenes de lesa humanidad y violaciones graves de los derechos humanos perpetradas por agentes directos o indirectos del Estado, asà como el nivel de arbitrariedad y parcialidad con que se juzga a quienes se oponen o denuncian las grandes injusticias del rà©gimen y trabajan en la búsqueda de alternativas polàticas y sociales, sin embargo se habàa procurado salvar algunas apariencias formales que buscaban legitimar el aparato judicial, creando instancias con mayor conocimiento del derecho internacional de los derechos humanos en organismos de control. Hoy todas esas instancias han sido cooptadas o copadas por funcionarios y funcionarias que se han plegado a las directrices que emanan de la cabeza del ente investigativo central, habiendo sido destituidos e incluso perseguidos y exilados quienes defendieron principios innegociables de la justicia universal.
Quienes suscribimos este documento estamos convencidos de que la justicia, para ser legàtima, necesita respetar unos mànimos parámetros que la historia de la civilizacià³n ha convertido en requisitos esenciales de su aceptacià³n y vigencia. La mayoràa de esos principios son burlados hoy dàa en Colombia de manera flagrante.
Asà, por ejemplo, el principio de legalidad, según el cual nadie puede ser acusado de delitos que no està©n previamente definidos en leyes preexistentes, con precisià³n y sin ambigüedades,
es burlado al extender arbitrariamente los tipos penales de rebelià³n, terrorismo o concierto para delinquir, a las conductas más cotidianas de la poblacià³n y al ejercicio à©tico de muchas profesiones, recurriendo a conexiones en extremo imaginativas entre esas actividades normales, legàtimas y legales, y las conductas punibles contempladas en la ley. Pero la observacià³n de estas prácticas judiciales nos lleva a concluir que lo que en primera instancia se pretende es estigmatizar y destruir organizaciones y personas que no comparten o denuncian los niveles aterradores de injusticia y de represià³n que el rà©gimen actual está implementando.
Por otra parte, el principio del debido proceso exige, por encima de todo, en quienes el Estado designa para investigar, juzgar y sancionar, un nivel de independencia, imparcialidad y honestidad fundamentales, que constituyen la base imprescindible de legitimidad del aparato judicial. El desarrollo de la civilizacià³n ha ligado la independencia e imparcialidad a la separacià³n de poderes que caracteriza todo rà©gimen democrático. Pero en nuestro caso, quienes están construyendo las acusaciones; buscando y elaborando “pruebas” que no son pruebas; reuniendo “testigos” que no son testigos, bajo todo tipo de sobornos, presiones, amenazas, torturas y recompensas extraàdas al erario público, y efectuando las capturas, muchas veces en medio de tratos degradantes, son agentes de la rama ejecutiva del poder público, y precisamente los miembros de la fuerza pública, cuya imparcialidad dentro del conflicto social y armado es, podràa decirse, estructuralmente inexistente, toda vez que son actores del conflicto, en el cual participan con niveles de emotividad, odio y venganza demasiado intensos y evidentes, a juzgar solo por su lenguaje cotidiano difundido por todos los mass media.
Por añadidura, el grado de polarizacià³n que afecta a nuestra sociedad, donde los últimos gobiernos han combatido y castigado intensamente las posiciones imparciales frente al conflicto social y armado, ha facilitado la penetracià³n del paramilitarismo en muchos estamentos e instituciones, y una de ellas es la de la administracià³n de justicia. Pasma comprobar que el informe rendido el 27 de septiembre de 2002 por un mismo funcionario de la Fiscalàa, que revelaba la existencia de 54 làneas de comunicacià³n telefà³nica entre fiscales y paramilitares, no haya sido sometido a investigacià³n ni procedimientos judiciales, y que las otras instancias del poder judicial se hayan mostrado indiferentes ante el evento, y mucho más las otras ramas del poder público, dejando como único resultado la destitucià³n y persecucià³n del funcionario denunciante. Pasma aún más comprobar en el dàa a dàa cà³mo son absueltos los grandes dirigentes de las estructuras paramilitares y los responsables de las más grandes masacres, cuyos procesos son precluàdos o archivados, mientras se mantiene en prisià³n y se cobija con resoluciones acusatorias a las vàctimas de innumerables montajes judiciales a lo largo y ancho del paàs. No es extraño, entonces, ver cà³mo muchas fiscalàas funcionan en los mismos cuarteles militares y cà³mo muchos fiscales conciben su funcià³n como un simple apà©ndice del poder militar.
Ninguna justicia puede ser reconocida como válida cuando se separa tan claramente de principios à©ticos elementales y todavàa menos cuando burla principios juràdicos universales que la civilizacià³n fue diseñando como fundamentos de su validez. Someterse a una tal “justicia” implica traicionar la propia conciencia. De allà que sea plenamente válido, en las circunstancias actuales del paàs, en que se ha llegado a una degradacià³n y envilecimiento extremos de la justicia, apelar a la OBJECIÓN DE CONCIENCIA.
Nuestra Constitucià³n colombiana establece, en el artàculo 18, que “nadie puede ser obligado a actuar contra su conciencia”. Los firmantes y adherentes a este documento, nos acogemos a ese derecho constitucional, que constituye además un derecho humano universal, para declararnos EN RUPTURA CON EL ACTUAL SISTEMA JUDICIAL.
A lo largo y ancho del paàs las fuerzas armadas y no pocos funcionarios judiciales han venido anunciando numerosas judicializaciones que amenazan la libertad de las organizaciones càvicas, sociales, campesinas, indàgenas, sindicales, humanitarias y polàticas que propenden por otra manera de organizar la sociedad dentro del respeto por parámetros elementales de justicia social. Quienes suscribimos y nos adherimos a esta declaracià³n, nos negaremos a colaborar con esa falsa justicia; no responderemos a indagatorias ni nombraremos abogados defensores y tampoco aceptaremos abogados de oficio. Pedimos respeto por nuestro derecho constitucional a la Objecià³n de Conciencia y solicitamos a la comunidad internacional y a los organismos internacionales de defensa de los derechos humanos se nos trate como PRISIONEROS DE CONCIENCIA.
Pedimos a los gobiernos extranjeros, a sus misiones diplomáticas en Colombia y a los organismos intergubernamentales, que desconozcan el sistema judicial colombiano tan corrupto, degradado y envilecido, y que ejerzan toda su presià³n moral y polàtica para que Colombia reconstruya su administracià³n de justicia dentro del respeto por los principios à©ticos y juràdicos fundamentales que la civilizacià³n ha diseñado como condiciones de validez de los aparatos de justicia.
Ruptura
1) Nivel de principios
…· Se apoyaràa en el art. 18 de la Constitucià³n: “Nadie puede ser obligado a actuar contra su conciencia” – Ob-jecià³n de Conciencia.
…· La Objecià³n de conciencia se concretaràa en no colaborar con un sistema judicial que viola principios funda-mentales y universales. Sobre todo dos:
i. El principio de legalidad
ii. El principio del debido proceso por la carencia de un tribunal independiente e imparcial.
…· El principio de legalidad está consagrado en:
– Constitucià³n : art. 28 y 29
– Cà³digo Penal: art. 6. 9 y 10
– Cà³digo de Procedim. Penal: art. 3 y 6
– Declarac. Universal DD HH: art. 11
– Declarac. Americana: art. 26
…· Se desconoce el principio de legalidad al extrapolar los tipos penales de Rebelià³n, Concierto para Delinquir, Terrorismo, Sedicià³n y Asonada a conductas no delictivas o ejercicios profesionales normales (reuniones, amistades, atencià³n mà©dica, atencià³n profesional, mediaciones, posesià³n de documentos, relaciones sexuales, pertenencia a organizaciones legales de oposicià³n, ejercicio del derecho a la protesta, a la huelga, etc.), equi-parando todas esas actividades normales y legales con “levantamiento en armas” etc. (Cfr. CP art. 467 [Re-belià³n] …… Art. 340 [Concierto para Delinquir …… Art. 343 [Terrorismo]…· Se desconoce el debido proceso por la carencia de una instancia IMPARCIAL e INDEPENDIEN-TE de investigacià³n y juzgamiento.
…· La imparcialidad e independencia de las instancias judiciales está consagrada en:
– Declarac. Universal de DD HH , art. 10
– Declarac. Americana, art. 26
– Pacto Internacional de Der. Civ. Y Pol., art. 14
– Convencià³n Americana, art. 8
…· La imparcialidad e independencia se ve desconocida en la práctica por:
– ingerencia de FF AA en los procesos (informes de inteligencia, construccià³n de acusa-ciones, construccià³n de pruebas, ejecucià³n de capturas, manejo de “informantes”, pago de informantes, presià³n a “testigos”, remuneracià³n a “testigos”, conduccià³n de acusaciones, detenciones, pruebas en regiones enteras.
– Injerencia del Presidente en decisiones de fiscales (Cúcuta)
– Injerencia de Fiscal General en decisiones de fiscales: cambios de fiscales, destitucià³n de fiscales,
– Realizacià³n de operativos mlitares con Fiscalàa (Comuna 13)
– Permanencia de fiscales en cuarteles y brigadas.
– Làneas de comunicacià³n telefà³nica entre fiscales y paramilitares.
– Contraste entre resoluciones de acusacià³n y preclusiones de la Fiscalàa.
– Cuadros persecutorios contra organizaciones sociales y de derechos humanos.
– Campañas a travà©s de mass media para estigmatizar.
– Fiscales disidentes amenazados o judicializados.
2) Nivel operativo
…· Asumir la objecià³n de conciencia:
– no respondiendo a ningún interrogatorio
– no nombrando abogado defensor
– no aceptando ningún abogado de oficio
– solo apelando a la objecià³n de conciencia como impedimento para colaborar con una sis-tema judicial ilegàtimo, anti-à©tico e inconstitucional.
– Eventualmente solicitar que sea recibida un Acta de Acusacià³n de Indignidad contra la Fiscalàa.
…· Consecuencias ¿ – ¿
3) Apoyos juràdicos externos
…· Nivel interno:
– Defensa de la objecià³n de conciencia fundamentada, por parte de familiares u ONGs:
– Por medio de Tutelas, Acciones de grupo, intervenciones ante el Consejo Superior de la Judicatura por violacià³n al debido proceso,
– Acusacià³n de Indignidad contra el Fiscal ante la Cámara
– Solicitar visitas de del CICR a los presos
– Solicitar intervencià³n de la Oficina del Alto Comisionado de la ONU,
…· Nivel internacional:
– Demandar ante la CIDH violacià³n de la Convencià³n Americana y de la Declaracià³n Americana, por carencia de tribunales imparciales y desonocimiento del principio de le-galidad. Además por desconocer objecià³n de conciencia.
4) Nivel polàtico
…· Difusià³n de documento de Indignidad de Fiscal, fundamentado en casos concretos y documentado, a nivel de Parlamento, Altas Cortes, Medios, Gremios, ONGs, Embajadas, Iglesias, organismos internacionales, universidades, facultades de Derecho.
…· Solicitar a AI adopcià³n de presos de conciencia y campaña.
…· Estructurar acusacià³n de Persecucià³n, contra el Estado, apoyados en Estatuto de Corte Penal Internacional, ante CPI.
…· Estrategia de Medios
…· Listado de Objetores de Conciencia por esta razà³n, en página Web de Red, con pequeño perfil de cada uno. Animar por ese medio campaña de solidaridad.
…· Visitas de organizaciones internacionales: a los presos, a las autoridades judiciales y del Ejecutivo, termi-nando con conferencias de prensa.
…· Campañas de Acciones Urgentes.
…· Urgir a la Oficina del Alto Comisionado a asumir el problema de la persecucià³n polàtica como judicializa-cià³n.